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¿Qué análisis fisicoquímico del agua se realizan para cumplir la norma 127 para agua potable?

Los parámetros de análisis fisicoquímico del agua que marca la NOM-127-SSA1-1994  y para la nueva que entra en vigor este año 2023 NOM-127-SSA1-2021 para uso humano requiere una cierta cantidad de ensayos en el agua para comprobar los limites permisibles de calidad del agua y a su vez los tratamientos que recibe la misma para su potabilización.

Actualizaciones entre la Nom 1994 y 2021

La Norma Oficial Mexicana NOM-127-SSA1-1994 y la NOM-127-SSA1-2021 establece los requisitos sanitarios que deben cumplir la calidad de agua para uso y consumo humano en México. A continuación, te proporciono una comparativa de los parámetros de ambas normas:


Cianuros

La norma NOM-127-SSA1-1994 establece los límites máximos permisibles de contaminantes en las aguas residuales tratadas que se descargan en cuerpos de agua receptoras en México, incluyendo el límite máximo permisible de cianuro.

El límite máximo permisible de cianuro en aguas residuales tratadas que se descargan en cuerpos de agua receptoras, de acuerdo con la norma:

NOM-127-SSA1-1994, es de 0.2 mg/L (miligramos por litro).

NOM-127-SSA1-2021, es de 0.7 mg/L (miligramos por litro).

Es importante tener en cuenta que el cianuro es una sustancia altamente tóxica y su presencia en concentraciones por encima de los límites permisibles puede representar un riesgo para la salud humana y el medio ambiente. Por lo tanto, es necesario asegurar que las aguas residuales sean tratadas adecuadamente antes de su descarga en cuerpos de agua receptoras y cumplir con los límites permisibles establecidos por la norma.

 

Cloro residual libre

El límite máximo permisible de cloro residual en aguas residuales tratadas que se descargan en cuerpos de agua receptoras, de acuerdo con la norma:

NOM-127-SSA1-1994, 0.2 – 1.50 mg/L (miligramos por litro).

NOM-127-SSA1-2021, 0.2 – 1.50 mg/L (miligramos por litro).

Se tiene que tomar en cuenta que el cloro residual es un desinfectante utilizado para eliminar microorganismos patógenos en el agua, y puede ser tóxica en concentraciones muy altas, para la vida acuática y el medio ambiente. Por esta razón es necesario asegurar que las aguas residuales se traten antes de su descarga en cuerpos de agua receptoras cumpliendo con los límites permisibles establecidos por la norma.

 

Cloruros

El límite máximo permisible de cloruro en aguas residuales tratadas que se descargan en cuerpos de agua receptoras, de acuerdo con la norma

NOM-127-SSA1-1994, es de 250 (como Cl-) mg/L (miligramos por litro).

El cloruro es una sustancia presente de forma natural en el agua y puede liberarse al medio ambiente a través de actividades humanas, como el vertido de aguas residuales. Si los niveles de cloruro en el agua son demasiado altos, pueden afectar a la calidad del agua y a la vida acuática. Las instalaciones de tratamiento de aguas residuales deben disponer de procesos adecuados para garantizar que sus efluentes reciben un tratamiento suficiente antes de verterlos en las masas de agua receptoras y deben cumplir los límites permisibles establecidos por la norma.

 

Color escala Pt-Co

La escala de color Pt-Co es una medida de la intensidad del color de una muestra de agua, que se determina por comparación visual de la muestra con una escala de color Pt-Co. La presencia de altas concentraciones de materia orgánica, metales pesados y otros contaminantes puede contribuir a aumentar el color del agua.

La norma NOM-127-SSA1-1994 regula los niveles máximos permisibles de color y turbiedad para las aguas residuales tratadas que se descargan en cuerpos de agua receptores. El límite máximo permisible de color en la escala Pt-Co es de 150 unidades (U.C.), mientras que el nivel permisible de turbiedad es de 0 a 0.15 NTU.

Altas concentraciones de materia orgánica, metales pesados y otros contaminantes pueden contribuir a incrementar el color del agua, lo que puede afectar negativamente la vida acuática.

 

Dureza total

La dureza del agua se refiere a la cantidad de minerales de calcio y magnesio disueltos en el agua, y puede afectar a su calidad y a su uso para distintos fines. Esta se mide en miligramos por litro (mg/L) de CaCO3 (carbonato de calcio). La norma NOM-127-SSA1-1994 establece el límite máximo permisible de dureza total en 500 mg/L en aguas residuales tratadas que se descargan en cuerpos de agua receptores.

Altos niveles de dureza pueden causar problemas de incrustación y corrosión, así como dificultades para la formación de espuma durante los procesos de limpieza. Es importante vigilar y controlar los niveles de dureza para proteger la calidad del agua y el medio ambiente.

 

Fenoles

La NOM-127-SSA1-1994 limita la concentración de fenoles en las aguas residuales tratadas que se descargan en cuerpos de agua receptores a 0.5 mg/L o menos. La NOM establece que el límite máximo permisible de fenoles en aguas residuales tratadas descargadas en cuerpos de agua receptores es de 0.5 mg/L (miligramos por litro).

Las aguas residuales industriales pueden contener sustancias como los fenoles, que pueden interferir con la vida acuática y afectar a la calidad del agua. Es importante controlar los niveles de fenoles en las aguas residuales y cumplir los límites permisibles establecidos por la norma.

 

Fluoruros

Un aspecto importante a la hora de tratar las aguas residuales que contienen fluoruros es mantener niveles bajos mediante el uso de procesos, productos químicos y equipos adecuados. La norma establece límites máximos admisibles para el vertido de aguas residuales tratadas que contienen fluoruros en masas de agua receptoras para proteger la calidad del agua y minimizar los impactos antropogénicos en los ecosistemas acuáticos.

La Norma Nacional de México (NOM-127-SSA1-1994) establece que el límite máximo permisible de fluoruros en las aguas residuales tratadas que se descargan en los cuerpos de agua receptores es de 15 mg/L (miligramos por litro). Superar este límite puede ser tóxico para la salud humana y la vida acuática. Con el fin de proteger el medio ambiente, es importante controlar los niveles de fluoruro en las aguas residuales y cumplir con los límites permisibles establecidos por la norma.

 

Nitrógeno amoniacal

El nitrógeno amoniacal es un compuesto químico que puede ser tóxico y dañino para la vida acuática en altas concentraciones, y llega a ser liberado al medio ambiente a través de actividades humanas, como la descarga de aguas residuales de algunas industrias y actividades agrícolas. Por lo tanto, es importante controlar los niveles de nitrógeno amoniacal en las aguas residuales y cumplir con los límites permisibles establecidos por la norma para proteger la calidad del agua y el medio ambiente.

El límite máximo permisible de nitrógeno amoniacal en aguas residuales tratadas que se descargan en cuerpos de agua receptoras, de acuerdo con la norma NOM-127-SSA1-1994, varía dependiendo del tipo de cuerpo de agua receptor:

  • Para cuerpos de agua que son destinados para abastecimiento de agua potable, el límite máximo permisible es de 0.5 mg/L (miligramos por litro) de N-NH3 (nitrógeno amoniacal).
  • Para cuerpos de agua que no son destinados para abastecimiento de agua potable, el límite máximo permisible es de 2.0 mg/L de N-NH3.

 

Nitrógeno de nitratos

En la naturaleza, los nitratos son necesarios para producir proteínas y favorecer el crecimiento de plantas y animales. Sin embargo, cuando están presentes en altas concentraciones, pueden ser perjudiciales para los seres humanos y la vida acuática.

De acuerdo con la NOM-127-SSA1-1994, los límites máximos permisibles de nitrógeno nítrico (NO3) en aguas residuales tratadas que se descargan en cuerpos de agua receptores, varían según el tipo de cuerpo de agua receptor.

  • Para cuerpos de agua que son destinados para abastecimiento de agua potable, el límite máximo permisible es de 10 mg/L (miligramos por litro) de N-NO3 (nitrógeno de nitratos).
  • Para cuerpos de agua que no son destinados para abastecimiento de agua potable, el límite máximo permisible es de 20 mg/L de N-NO3.

 

Nitrógeno de nitritos

Los nitritos son compuestos químicos que se forman en el agua a partir de la oxidación de los nitratos, y pueden ser perjudiciales para la salud humana si se consumen en altas concentraciones.

Los nitritos pueden interferir con la capacidad de la sangre para transportar oxígeno, lo que puede provocar cianosis (coloración azulada de la piel y las mucosas), dolores de cabeza, mareos y otros síntomas. Además, los nitritos pueden reaccionar con otros compuestos para formar nitrosaminas, que son compuestos carcinógenos.

La NOM-127-SSA1-1994 establece un límite máximo permisible de 1 mg/L (miligramos por litro) para el contenido de nitrógeno de nitrito en agua destinada para uso y consumo humano. Este límite se aplica tanto al agua potable suministrada por sistemas de abastecimiento públicos como al agua envasada para consumo humano. Es importante destacar que este límite está diseñado para garantizar la seguridad del agua para el consumo humano y proteger la salud pública.

 

 

Olor en aguas

El olor es un parámetro sensorial que puede ser utilizado como indicador de la calidad del agua, y es importante controlarlo para prevenir la emisión de malos olores que pueden afectar la salud pública y el medio ambiente. El límite máximo permisible de olor establecido por la norma se basa en la metodología de la Unidad de Olor (UO), que es una medida estándar para cuantificar el nivel de olor de una sustancia o muestra de agua.

El límite máximo permisible de olor para aguas residuales tratadas descargadas en cuerpos de agua receptores es de 5 unidades de olor por metro cúbico (5 u/m³) de acuerdo con la NOM-127-SSA1-1994 .

 

PH

Un parámetro de pH sirve para indicar el grado de acidez o alcalinidad de una solución. El valor del pH es un factor importante que puede afectar a la calidad del agua. La norma establece el intervalo permitido de pH, garantizando que las aguas residuales tratadas que se vierten en las masas de agua receptoras no sean ni demasiado ácidas ni demasiado alcalinas, lo que puede afectar negativamente a la calidad del agua y al medio ambiente.

La NOM-127-SSA1-1994, Tratamiento de Acueductos y Alcantarillados, especifica que el límite máximo permisible de pH para las aguas residuales tratadas que se descarguen en cuerpos de agua receptores es de 6 a 9 unidades de pH.

 

Sabor en aguas

La norma establece límites máximos admisibles para otros parámetros organolépticos de las aguas residuales tratadas, como el límite máximo admisible de color, olor y turbidez. Estos parámetros son importantes para garantizar que las aguas residuales tratadas sean estéticamente aceptables y no presenten problemas de olor o aspecto, que pueden afectar a la calidad del agua y a la salud pública.

 

Sólidos disueltos totales

Los sólidos disueltos totales (SDT) se refiere a la cantidad total de materiales disueltos en el agua, incluidas las sales y los minerales. El nivel máximo admisible de TDS se establece para garantizar que las aguas residuales tratadas que se vierten a las masas de agua receptoras no contengan una concentración excesiva de sólidos disueltos que pueda afectar a la calidad del agua.

De acuerdo con la NOM-127-SSA1-1994, el límite máximo permisible de SDT en el agua residual tratada que se descarga a los cuerpos de agua receptores es de 1,500 miligramos por litro (mg/L).

 

Sulfatos

la NOM-127-SSA1-1994, establece los límites permisibles para diversos parámetros químicos y microbiológicos en el agua, incluyendo sulfatos. De acuerdo con la norma, el límite permisible de sulfatos en el agua destinada para el consumo humano es de 250 mg/L (miligramos por litro).

Es importante señalar que este límite solo aplica para agua destinada para consumo humano y no necesariamente para otros usos, como el riego agrícola o la industria.

 

Sustancias activas al azul de metileno

La NOM-127-SSA1-1994 establece un límite máximo permisible de 0.1 mg/L (miligramos por litro) de azul de metileno en agua para uso y consumo humano. Este límite se aplica a todas las formas de agua destinada al consumo humano, incluyendo agua potable, agua embotellada y agua envasada. El azul de metileno es un colorante que se utiliza en diversas aplicaciones, incluyendo la tinción de tejidos en histología y como indicador en pruebas químicas. Sin embargo, su consumo en grandes cantidades puede ser tóxico para la salud humana.

 

Turbidez en agua

La turbidez es una medida de la claridad del agua y se relaciona con la cantidad de partículas suspendidas en el agua. Un agua con una alta turbidez puede contener partículas que afecten el sabor, olor, color y la calidad microbiológica del agua, por lo que la norma establece este límite para garantizar la calidad del agua destinada al consumo humano. La turbidez elevada del agua puede deberse a procesos naturales o a la contaminación.

La norma NOM-127-SSA1-1994 establece un límite máximo permisible de 5 unidades nefelométricas de turbidez (UNT) para el agua destinada al consumo humano.

El límite de turbidez establecido en la norma se aplica al agua destinada al consumo humano y no necesariamente a otros usos, como la industria o el riego agrícola.


Análisis de metales pesados del agua para cumplir la norma 127

De igual forma la NOM-127-SSA1-1994 marca una serie de parámetros de análisis para metales para medir la calidad del agua, dichos parámetros son:

Aluminio

La norma NOM-127-SSA1-1994, establece los límites permisibles de contaminantes en el agua para uso y consumo humano en México. En relación al aluminio, esta norma establece un límite máximo permisible de 0.2 mg/L (miligramos por litro) en agua potable. Es importante destacar que este límite puede variar en diferentes países y en diferentes normativas, por lo que es necesario verificar la normativa específica de cada lugar para conocer los límites permisibles correspondientes.

 

Arsénico

Según la NOM-127-SSA1-1994, n relación al arsénico, esta norma establece un límite máximo permisible de 0.025 mg/L (miligramos por litro) en agua potable para contaminantes en el agua para uso y consumo humano en México. Este límite puede variar en diferentes países y en diferentes normativas.

 

Bario

El bario es un metal pesado que puede ser tóxico para la salud humana si se encuentra en niveles elevados en el agua. Esteo se utiliza en diversas industrias, como la petrolera, la minera y la de la fabricación de cerámica, entre otras.

El límite máximo permisible de 0.7 miligramos de bario por litro de agua se estableció en la norma con base en los criterios y recomendaciones de organismos internacionales como la Organización Mundial de la Salud (OMS), que consideran que este nivel de bario en el agua es seguro para el consumo humano a largo plazo.

Es importante señalar que la norma establece otros límites máximos permisibles para diversos contaminantes en el agua, y que el cumplimiento de estos límites es responsabilidad de los sistemas de abastecimiento de agua potable y de las autoridades competentes en materia de salud pública.

 

Cadmio

El cadmio es un metal pesado que puede ser tóxico para la salud humana si se ingiere en niveles elevados. El cadmio se encuentra en diversos productos de consumo, incluyendo alimentos, agua y tabaco, entre otros. La exposición crónica al cadmio puede provocar efectos dañinos en la salud, como daño renal, osteoporosis, daño pulmonar y cáncer.

Por lo tanto, la NOM-127-SSA1-1994 establece este límite máximo permisible de cadmio en el agua para proteger la salud de la población y garantizar que el agua para consumo humano sea segura y apta para el consumo. Es importante que las autoridades competentes y los sistemas de abastecimiento de agua potable monitoreen regularmente los niveles de cadmio en el agua para asegurar que se cumplan con los límites establecidos en la norma.

El límite máximo permisible para cadmio en agua para consumo humano de acuerdo a la Norma Oficial Mexicana NOM-127-SSA1-1994 es de 0.005 miligramos por litro (5 microgramos por litro).

 

Cobre

El cobre es un elemento esencial para la salud humana en cantidades adecuadas, pero puede ser tóxico en concentraciones elevadas. especialmente en el hígado y el sistema nervioso. El cobre puede estar presente en el agua debido a la corrosión de las tuberías de cobre, así como a actividades mineras, de fundición y otros procesos industriales.

Por lo tanto, la NOM-127-SSA1-1994 establece este límite máximo permisible de cobre en el agua es de 2.0 miligramos por litro. Los sistemas de abastecimiento de agua potable deben monitorear los niveles de cobre en el agua y tomar medidas para reducirlos si se encuentran por encima del límite máximo permisible establecido en la norma. Además, los hogares que tienen tuberías de cobre deben asegurarse de que estén en buen estado y no corroídas, para evitar que el cobre se disuelva en el agua que circula por ellas.

 

Cromo

El cromo es un metal que se utiliza en diversas industrias, como la metalúrgica y la química, y puede estar presente en el agua como resultado de procesos de descarga de residuos. La exposición a niveles elevados de cromo en el agua puede ser tóxica para la salud humana, provocando efectos adversos como irritación de la piel, problemas respiratorios y daño hepático.

El límite máximo permisible para el cromo total en el agua para consumo humano, de acuerdo a la Norma Oficial Mexicana NOM-127-SSA1-1994, es de 0.05 miligramos por litro (50 microgramos por litro).

 

Fierro

El hierro es un mineral que ayuda al organismo a producir glóbulos rojos y a mantener niveles normales de hemoglobina, o células transportadoras de oxígeno en la sangre. También es necesario para el correcto funcionamiento de los nervios y la producción de energía por los músculos. Además de estar presente en muchos alimentos y suplementos nutricionales, sin embargo, puede producir un desagradable sabor metálico cuando se consume en altos niveles en el agua, causar problemas de salud como diarrea y trastornos gastrointestinales.

Debido a esto, la NOM-127-SSA1-1994 establece que el límite máximo permisible de hierro en el agua es de 0.3 miligramos por litro.

 

Manganeso

El manganeso es un mineral que se encuentra naturalmente en el suelo y el agua, además de que es importante para la salud humana en pequeñas cantidades. Sin embargo, si se llega a consumir en niveles elevados en el agua, puede producir un sabor amargo y afectar la apariencia y calidad del agua.

El límite máximo permisible para el manganeso en el agua para consumo humano, de acuerdo a la Norma Oficial Mexicana NOM-127-SSA1-1994, es de 0.5 miligramos por litro, esto con el propósito de asegurar que el agua sea segura para su uso.

 

Mercurio

El mercurio es un metal tóxico que puede ser liberado al ambiente como resultado de actividades humanas como la minería y la quema de combustibles fósiles. La exposición a niveles elevados de mercurio puede causar daño al sistema nervioso, trastornos renales y otros efectos adversos para la salud humana.

Debido al riesgo que este metal representa para la salud humana, el límite máximo permisible para el mercurio en el agua para consumo humano, de acuerdo a la Norma Oficial Mexicana NOM-127-SSA1-1994, es de 0.001 miligramos por litro (1 microgramo por litro).

 

Plomo

El plomo es un metal tóxico que, gracias a actividades humanas como la industria, la minería y la quema de combustibles fósiles es liberado al medio ambiente. La exposición a niveles elevados de plomo puede causar daños en el sistema nervioso, trastornos renales, anemia y otros efectos adversos para la salud humana, especialmente en los niños. Además de ser comunes en el aire urbano, las partículas de plomo también se encuentran en el polvo doméstico y en el suelo debido a las emisiones de los automóviles y los procesos industriales. Cuando se trata de protegerse a sí mismo y a su familia de la intoxicación por plomo, es fundamental saber cómo limpiarlo.

Por lo tanto, es importante que se tenga un límite para este metal en el agua. Según la Norma Oficial Mexicana NOM-127-SSA1-1994, el límite es de 0.01 miligramos por litro (10 microgramos por litro).

 

Sodio

El sodio es un mineral que se encuentra naturalmente en el agua y es necesario para el correcto funcionamiento del cuerpo humano. Sin embargo, un consumo excesivo de sodio puede aumentar el riesgo de hipertensión arterial y otros problemas de salud, especialmente en personas con condiciones preexistentes. Por lo tanto, es importante que los sistemas de abastecimiento de agua potable monitoreen regularmente los niveles de sodio en el agua y tomen medidas para reducirlos si se encuentran por encima de los niveles recomendados para el consumo humano.

De acuerdo a la NOM-127-SSA1-1994, el rango de concentración de sodio en el agua para consumo humano es de 25 a 200 miligramos por litro. Sin embargo, se recomienda que las concentraciones de sodio no superen los 100 miligramos por litro en el agua para consumo humano, con el fin de prevenir la hipertensión arterial en personas susceptibles.

 

Zinc

El zinc si bien es un mineral esencial para el organismo humano en pequeñas cantidades, puede llegar a ser tóxico en exceso. El zinc puede entrar al agua potable a través de procesos de disolución de suelos y rocas, así como por la liberación de la industria y otros procesos humanos.

Por lo tanto, la NOM-127-SSA1-1994 establece este límite máximo permisible de zinc en el agua para consumo humano, con el objetivo de proteger la salud de la población. Dicho limite es de 5 miligramos por litro.

 

 


Análisis microbiológico del agua para norma 127 de agua potable

La NOM-127-SSA1-1994 marca una serie de parámetros de análisis de igual forma para organismos microbiológicos que ayuda a mantener el agua apta para el uso humano.

Análisis de coliformes fecales

El análisis de coliformes fecales se utiliza para determinar la calidad microbiológica del agua para consumo humano. Estos microorganismos se encuentran comúnmente en el tracto intestinal de los seres humanos y otros animales, y su presencia en el agua potable puede indicar la posible presencia de otros microorganismos patógenos.

La Norma Oficial Mexicana NOM-127-SSA1-1994 establece que el agua potable debe estar libre de microorganismos patógenos, incluyendo los coliformes fecales. Por lo tanto, el límite máximo permisible para los coliformes fecales en el agua potable es cero (0) en 100 mililitros.

 

Coliformes totales

El análisis de coliformes totales se utiliza para determinar la calidad microbiológica del agua para consumo humano. Los coliformes totales son un grupo de microorganismos que se encuentran comúnmente en el medio ambiente, y su presencia en el agua potable puede indicar la posible presencia de otros microorganismos patógenos.

Para este parámetro la Norma Oficial Mexicana NOM-127-SSA1-1994 establece que el límite máximo permisible para los coliformes totales en el agua potable es de 5 en 100 mililitros.

Esceherichia coli

Eschericha coli (E. coli)  es una bacteria que se encuentra en el intestino de los seres humanos y otros animales. Su presencia en el agua potable puede indicar la posible presencia de otros microorganismos patógenos y representa un riesgo para la salud de las personas que consumen el agua.

Debido al riesgo que supone para la salud humana la Norma Oficial Mexicana NOM-127-SSA1-1994 establece que el agua potable debe estar libre de microorganismos patógenos, incluyendo Escherichia coli. Por lo tanto, el límite máximo permisible para E. coli en el agua potable es cero (0) en 100 mililitro.

 

 


Análisis de trihalometanos

La NOM-127-SSA1-1994 también establece un ensayo para medir la concentración de trihalometanos en el agua.

Trihalometanos totales

Los trihalometanos totales (TTHM) son compuestos químicos que se forman cuando el cloro se utiliza para desinfectar el agua potable que contiene materia orgánica. Aunque no son tóxicos en concentraciones bajas, se considera que los TTHM son carcinogénicos en concentraciones elevadas y su presencia en el agua potable a largo plazo puede aumentar el riesgo de cáncer.

Para evitar cualquier situación de riesgo para la salud humana, la Norma Oficial Mexicana NOM-127-SSA1-2021 establece que el límite máximo permisible para los trihalometanos totales en el agua potable es de 0.1 miligramos por litro (mg/L) o partes por millón (ppm).

Nosotros no contamos con el servicio para realizar estos análisis, le sugerimos acercase a un laboratorio certificado ante la CONAGUA: Comisión Nacional del Agua (conagua.gob.mx) en su buscador de laboratorios por entidad federativa.

Si requiere cumplir la norma 127 para potabilización de agua, acérquese con nosotros con un análisis realizado de los parámetros que necesita cumplir para ayudarle.

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