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Cianuros

Los cianuros son sustancias tóxicas y peligrosas para la salud humana y el medio ambiente. Por esta razón, es importante controlar su presencia en el agua, el aire y los alimentos.

La NOM-201-SSA1-2015 establece los límites máximos permisibles de cianuros para garantizar que las personas no estén expuestas a niveles peligrosos de estas sustancias. La norma se aplica a las aguas para uso y consumo humano, las aguas residuales tratadas, las descargas a cuerpos receptores y el aire ambiente.

La Norma Oficial Mexicana NOM-201-SSA1-2015 establece los siguientes límites para cianuros:

  • En agua para uso y consumo humano, el límite máximo permisible de cianuros totales es de 0.07 mg/L.
  • En agua residual tratada, el límite máximo permisible de cianuros totales es de 0.2 mg/L.
  • En agua residual tratada para su descarga a cuerpos receptores, el límite máximo permisible de cianuros totales es de 0.05 mg/L.
  • En el aire ambiente, el límite máximo permisible de cianuro de hidrógeno (HCN) es de 1.5 mg/m3 como valor límite ponderado promedio de 8 horas y de 3 mg/m3 como valor límite máximo instantáneo.

Es importante tener en cuenta que estos límites están destinados a proteger la salud humana y el medio ambiente, por lo que deben ser cumplidos por industrias y entidades que generen o manejen cianuros.

 

Cloro residual

Es importante tener en cuenta que el cloro es un desinfectante utilizado para eliminar o reducir los microorganismos presentes en el agua para consumo humano. Sin embargo, su uso excesivo puede tener efectos negativos en la salud y el sabor del agua. Por esta razón, la NOM-201-SSA1-2015 establece estos límites máximos permisibles de cloro residual para garantizar la calidad del agua potable.

La NOM-201-SSA1-2015 establece los siguientes límites para el cloro residual en el agua para uso y consumo humano:

  • El límite máximo permisible de cloro residual libre en agua potable es de 5 mg/L.
  • El límite máximo permisible de cloro residual combinado en agua potable es de 5 mg/L.

 

Color escala Pt-Co

El color aparente es una medición de la intensidad del color del agua y se expresa en unidades de la escala Pt-Co (platinocobalto). La presencia de color en el agua puede ser indicativa de la presencia de sustancias orgánicas o inorgánicas, y su exceso puede afectar la calidad y la apariencia del agua para consumo humano.

La NOM-201-SSA1-2015 establece los siguientes límites para el color escala Pt-Co en el agua para uso y consumo humano:

  • El límite máximo permisible de color aparente (escala Pt-Co) en agua potable es de 15 unidades.

Se debe tener en cuenta que los límites máximos permisibles de color aparente en agua potable establecidos por la NOM-201-SSA1-2015 están destinados a garantizar la calidad del agua para uso y consumo humano. Además, la norma establece los métodos de análisis y las especificaciones de calidad para los reactivos y equipos de análisis utilizados para la medición del color aparente en agua potable.

 

Fluoruros

La fluorosis dental es una alteración del esmalte de los dientes causada por una exposición prolongada y excesiva a fluoruros durante el desarrollo de los dientes, que puede resultar en manchas o decoloración de los dientes. La fluorosis ósea es una enfermedad que se produce cuando se ingieren cantidades excesivas de fluoruros durante largos períodos de tiempo, lo que puede provocar una densidad ósea anormal y aumentar el riesgo de fracturas.

Por lo tanto, la regulación de la concentración de fluoruros en el agua potable es una medida importante de salud pública para prevenir la fluorosis dental y ósea. Además de los límites establecidos en la NOM-201-SSA1-2015, es importante recordar que los niños son más vulnerables a la exposición excesiva a fluoruros, por lo que se deben tomar precauciones adicionales para proteger su salud dental y ósea. Por ejemplo, los padres deben supervisar la cantidad de pasta dental con fluoruro que usan sus hijos y asegurarse de que no la ingieran en grandes cantidades.

La Norma Oficial Mexicana NOM-201-SSA1-2015 establece límites para la concentración de fluoruros en el agua potable. Los límites son los siguientes:

  • En agua potable suministrada a la población en general, la concentración máxima permitida de fluoruros es de 1.5 miligramos por litro (mg/L).
  • En agua potable suministrada a población infantil en guarderías, jardines de niños, escuelas primarias y comunidades con alta prevalencia de caries dental, la concentración máxima permitida de fluoruros es de 0.7 mg/L.

 

Materia extraña

La presencia de materia extraña en el agua potable puede ser causada por diferentes fuentes, como, por ejemplo:

  • Contaminantes químicos: pueden provenir de la industria, la agricultura, la minería, entre otras actividades humanas. Algunos ejemplos son los metales pesados, los pesticidas, los herbicidas, los productos químicos utilizados en la fabricación de productos de limpieza y los compuestos orgánicos volátiles.
  • Microorganismos: pueden estar presentes en el agua debido a la contaminación fecal o ambiental. Algunos ejemplos son las bacterias, los virus, los parásitos y los hongos.
  • Partículas sólidas: pueden provenir de la erosión del suelo, la sedimentación y la actividad humana. Algunos ejemplos son la arena, el lodo, el polvo y las fibras.

Según la Norma 201 NOM-201-SSA1-2015 los límites para la cantidad de materia extraña en el agua potable son los siguientes:

  • En agua potable suministrada a la población en general, la cantidad máxima permitida de materia extraña es de 0.5 miligramos por litro (mg/L).
  • En agua potable suministrada a población infantil en guarderías, jardines de niños, escuelas primarias y comunidades con alta prevalencia de enfermedades gastrointestinales, la cantidad máxima permitida de materia extraña es de 0.3 mg/L.

 

Nitrógeno de nitratos

El consumo de nitratos en altas cantidades puede ser perjudicial para la salud humana. Los nitratos son compuestos químicos que se encuentran de forma natural en el agua y en algunos alimentos, pero también pueden estar presentes en el agua como resultado de la actividad humana, como la agricultura intensiva o la contaminación de fuentes de agua por residuos orgánicos.

La Norma Oficial Mexicana NOM-201-SSA1-2015 establece los límites de concentración de nitratos en agua potable, los cuales son los siguientes:

  • En agua potable suministrada a la población en general, la concentración máxima permitida de nitratos es de 45 miligramos por litro (mg/L).
  • En agua potable suministrada a población infantil en guarderías, jardines de niños, escuelas primarias y comunidades con alta prevalencia de enfermedades gastrointestinales, la concentración máxima permitida de nitratos es de 10 mg/L.

 

Nitrógeno de nitritos

El consumo de agua con niveles elevados de nitritos puede causar problemas de salud, especialmente en bebés y niños pequeños. Los nitritos se convierten en nitrosaminas en el cuerpo humano, lo que se ha relacionado con un mayor riesgo de cáncer, especialmente de estómago y colon. Además, los nitritos pueden interferir con la capacidad de la sangre para transportar oxígeno y provocar una enfermedad conocida como metahemoglobinemia o “síndrome del niño azul”. Por lo tanto, es esencial que se cumplan los límites establecidos en la norma para garantizar la seguridad del agua potable para la población en general y especialmente para la población infantil.

Los límites de concentración de nitritos establecidos en la NOM-201-SSA1-2015 son los siguientes:

  • En agua potable suministrada a la población en general, la concentración máxima permitida de nitritos es de 1 miligramo por litro (mg/L).
  • En agua potable suministrada a población infantil en guarderías, jardines de niños, escuelas primarias y comunidades con alta prevalencia de enfermedades gastrointestinales, la concentración máxima permitida de nitritos es de 0.1 mg/L.

 

Sustancias activas al azul de metileno

El azul de metileno es un compuesto químico que se utiliza en algunas industrias y procesos de tratamiento de aguas residuales, y que puede ser tóxico si se ingiere en grandes cantidades ya que sus efectos pueden incluir irritación gastrointestinal, náuseas, vómitos, diarrea y dolor abdominal. La Norma Oficial Mexicana NOM-201-SSA1-2015 establece límites para la concentración de azul de metileno en el agua potable, a fin de proteger la salud de la población

De acuerdo con la norma, la concentración máxima permitida de azul de metileno en el agua potable es de 0.1 microgramos por litro (µg/L). Este límite se aplica a todas las fuentes de agua potable, incluyendo la que se suministra a la población en general y la que se suministra a poblaciones infantiles en guarderías, jardines de niños, escuelas primarias y comunidades con alta prevalencia de enfermedades gastrointestinales.

 

Turbidez del agua

La turbidez es una medida de la claridad del agua y se refiere a la cantidad de partículas suspendidas en ella. La Norma Oficial Mexicana NOM-201-SSA1-2015 establece límites para la turbidez del agua potable, bajo los cuales se evita la presencia de microorganismos o partículas que pueden ser perjudiciales para la salud.

Según la norma, la turbidez del agua potable no debe exceder las 5 unidades nefelométricas de turbiedad (UNT). La UNT es una unidad de medida que se utiliza para medir la turbidez del agua mediante un método conocido como nefelometría, que mide la cantidad de luz que se dispersa por las partículas en el agua.

 

 


Análisis de metales en el agua para cumplir la Norma 201

La NOM-201-SSA1-2015 establece una serie de limites permisibles mediante ensayos en metales para comprobar la calidad del agua para productos, servicios, agua y hielo purificado y consumo humano

 

Arsénico

El arsénico es un metaloide que puede encontrarse en el agua subterránea y en algunos alimentos, y que puede ser tóxico para la salud humana si se consume en altas concentraciones a lo largo del tiempo.

Según la Norma 201 NOM-201-SSA1-2015, la concentración máxima permitida de arsénico en el agua potable es de 0.01 miligramos por litro (mg/L), o 10 microgramos por litro (µg/L). Este límite se aplica a todas las fuentes de agua potable, incluyendo la que se suministra a la población en general y la que se suministra a poblaciones infantiles en guarderías, jardines de niños, escuelas primarias y comunidades con alta prevalencia de enfermedades gastrointestinales.

 

Bario

El bario es un elemento químico que puede encontrarse en el agua subterránea y puede ser perjudicial para la salud humana si se consume en altas concentraciones a largo plazo.

El bario se utiliza en diversas aplicaciones industriales, como la fabricación de acero, la producción de productos químicos y la exploración de petróleo y gas. Como resultado, el bario puede liberarse al medio ambiente y contaminar las fuentes de agua subterránea.

La exposición crónica al bario en el agua potable puede aumentar el riesgo de problemas de salud a largo plazo. Por esta razón, la NOM-201-SSA1-2015 establece un límite de concentración máximo para el bario en el agua potable para proteger la salud de la población.

 

La NOM-201-SSA1-2015 marca que la concentración máxima permitida de bario en el agua potable es de 0.7 miligramos por litro (mg/L), o 700 microgramos por litro (µg/L).

 

Boro

El boro es un elemento químico presente en el agua subterránea que puede ser tóxico para la salud si se consume en altas concentraciones a largo plazo. La NOM-201-SSA1-2015 establece límites para la concentración de boro en el agua potable para proteger la salud de la población.

Según la norma, la concentración máxima permitida de boro en el agua potable es de 5 miligramos por litro (mg/L), o 5 partes por millón (ppm). Este límite se aplica a todas las fuentes de agua potable, incluyendo la que se suministra a la población en general y la que se suministra a poblaciones infantiles en guarderías, jardines de niños, escuelas primarias y comunidades con alta prevalencia de enfermedades gastrointestinales.

 

Cadmio

La norma NOM-201-SSA1-2015 establece que el límite máximo permitido de cadmio en el agua potable es de 0,003 miligramos por litro (mg/L). Este límite se aplica a todas las fuentes de agua potable para proteger la salud de la población. Si se consume agua con una concentración de cadmio por encima de este límite durante un período prolongado, puede causar daño renal, enfermedades cardiovasculares, trastornos óseos y cáncer.

Para garantizar que se cumpla el límite establecido, la norma también establece procedimientos y métodos de muestreo y análisis para medir la concentración de cadmio en el agua potable.

En caso de que se detecte una concentración de cadmio por encima del límite establecido, se deben tomar medidas inmediatas para remediar la situación y proteger la salud de la población. Por lo tanto, es importante que se sigan rigurosamente los procedimientos y métodos de análisis establecidos por la norma para garantizar la precisión de los resultados y la calidad del agua potable.

 

Cobre

El cobre es un metal que se encuentra en la naturaleza en diversos minerales y rocas. Es un metal importante para la industria y la construcción, pero también se utiliza en muchos productos de consumo, como tuberías de plomería y utensilios de cocina. El cobre es esencial para el cuerpo humano, ya que ayuda a la formación de glóbulos rojos, el mantenimiento del tejido conectivo y la absorción de hierro.

Su consumo en exceso puede tener efectos negativos. La ingestión prolongada de agua con concentraciones altas de cobre puede causar efectos tóxicos a largo plazo, incluyendo problemas de hígado, riñón y sistema nervioso.

Por esta razón la norma NOM-201-SSA1-2015 establece que el límite máximo permitido de cobre en el agua potable es de 0,05 miligramos por litro (mg/L). Este límite se establece para evitar que la población consuma agua con niveles excesivos de cobre que puedan ser dañinos para la salud.

 

Cromo

La norma NOM-201-SSA1-2015 establece límites para la concentración de cromo total en el agua potable. El cromo total es una medida que incluye tanto el cromo hexavalente (Cr(VI)), que es considerado más tóxico para la salud, como el cromo trivalente (Cr(III)).

Los límites establecidos en la norma son los siguientes:

  • Para agua potable destinada al consumo humano directo: la concentración máxima permisible de cromo total es de 0.05 miligramos por litro (mg/L).
  • Para agua potable destinada a la preparación de alimentos y bebidas: la concentración máxima permisible de cromo total es de 0.1 mg/L.

Es importante destacar que la exposición a largo plazo a concentraciones elevadas de cromo en el agua potable puede tener efectos negativos en la salud. El cromo hexavalente puede causar daño en los riñones, hígado y pulmones, así como aumentar el riesgo de cáncer de pulmón. El cromo trivalente, en cambio, es un nutriente esencial para el cuerpo humano y se encuentra en muchos alimentos.

 

Manganeso

El manganeso es un elemento que puede estar presente de forma natural en el agua o ser introducido por la actividad humana, como la industria o la agricultura. Si los niveles de manganeso son demasiado altos, puede causar problemas de olor y sabor, así como decoloración.

La norma NOM-201-SSA1-2015 establece límites para la concentración de manganeso en el agua potable. Dichos límites a son los siguientes:

  • Para agua potable destinada al consumo humano directo: la concentración máxima permisible de cromo total es de 0.05 miligramos por litro (mg/L).
  • Para agua potable destinada a la preparación de alimentos y bebidas: la concentración máxima permisible de cromo total es de 0.1 mg/L.

 

Mercurio

El mercurio es un metal que puede ser tóxico para la salud humana. La exposición a largo plazo a concentraciones elevadas de mercurio en el agua potable puede tener efectos negativos en la salud, especialmente en el sistema nervioso, los riñones y el sistema cardiovascular.

La norma NOM-201-SSA1-2015 establece dos límites para la concentración de mercurio en el agua potable. Los cuales son:

  • Para agua potable destinada al consumo humano directo: la concentración máxima permisible de mercurio es de 0.001 miligramos por litro (mg/L).
  • Para agua potable destinada a la preparación de alimentos y bebidas: la concentración máxima permisible de mercurio es de 0.005 mg/L.

 

Níquel

El níquel es un metal que puede estar presente en el agua de diversas fuentes, como la lixiviación de suelos y la contaminación industrial. La exposición prolongada a concentraciones elevadas de níquel en el agua potable puede tener efectos negativos, como irritación de la piel y los ojos, problemas respiratorios y daño hepático.

Los límites establecidos en la norma para la concentración de níquel en agua potable son los siguientes:

  • Para agua potable destinada al consumo humano directo: la concentración máxima permisible de níquel es de 0.02 miligramos por litro (mg/L).
  • Para agua potable destinada a la preparación de alimentos y bebidas: la concentración máxima permisible de níquel es de 0.1 mg/L.

 

Plomo

La norma 201 NOM-201-SSA1-2015 establece que la concentración de plomo en el agua potable no debe exceder los límites establecidos para proteger la salud humana. El plomo es un metal pesado que puede ser tóxico y dañino para la salud si se ingiere en grandes cantidades. Por esta razón, se han establecido límites estrictos para la cantidad de plomo que puede estar presente en el agua potable destinada al consumo humano directo y para la preparación de alimentos y bebidas.

La exposición prolongada al plomo puede tener efectos perjudiciales en la salud, especialmente en los niños, quienes son más vulnerables a sus efectos. El plomo puede acumularse en el cuerpo y afectar el desarrollo cognitivo y físico. Incluso pequeñas cantidades de plomo pueden tener un impacto negativo en la salud a largo plazo.

Los límites establecidos en la norma para la concentración de plomo en agua potable son los siguientes:

  • Para agua potable destinada al consumo humano directo: la concentración máxima permisible de plomo es de 0.01 miligramos por litro (mg/L).
  • Para agua potable destinada a la preparación de alimentos y bebidas: la concentración máxima permisible de plomo es de 0.05 mg/L.

 

Selenio

La norma NOM-201-SSA1-2015 establece que la concentración de selenio en el agua potable no debe exceder los 0.01 miligramos por litro (mg/L) para proteger la salud humana. El selenio es un elemento químico esencial que se encuentra en pequeñas cantidades en el cuerpo humano y es necesario para el buen funcionamiento del organismo. Sin embargo, la exposición prolongada a niveles elevados de selenio puede ser tóxica y causar efectos negativos en la salud.

El selenio se encuentra naturalmente en la corteza terrestre y puede ingresar al agua potable a través de procesos naturales, como la erosión y la lixiviación del suelo. También puede ser liberado en el agua a través de actividades humanas, como la minería y la agricultura.

Análisis microbiológico del agua para norma 201 de agua potable

La Norma NOM-201-SSA1-2015 establece una serie de limites permisibles para comprobar la calidad del agua para productos, servicios, agua y hielo purificado y consumo humano en cuanto pruebas microbiológicas

 

Coliformes totales

La NOM-201-SSA1-2015 establece que el límite máximo permisible de coliformes totales en agua destinada para el consumo humano es de 5 UFC (unidades formadoras de colonias) por cada 100 ml de agua.

Es importante destacar que la presencia de coliformes totales indica la posible presencia de contaminantes fecales en el agua, lo que puede ser una fuente de enfermedades para los consumidores. Por esta razón, es fundamental que se lleven a cabo medidas adecuadas de tratamiento y monitoreo del agua potable para garantizar que cumpla con los estándares de calidad establecidos en la normatividad.

Análisis de plaguicidas en el agua para Norma 201 para consumo humano

La norma NOM-201-SSA1-2015 establece una serie de limites permisibles para comprobar la calidad del agua para productos, servicios, agua y hielo purificado y consumo humano en cuanto plaguicidas

 

Plaguicidas

La Norma 201 NOM-201-SSA1-2015 establece límites máximos permisibles para diversos plaguicidas en agua destinada para consumo humano, incluyendo insecticidas, herbicidas y fungicidas. A continuación, se presentan algunos de los límites establecidos para ciertos plaguicidas específicos:

  • Aldicarb: 0.010 µg/L
  • Endosulfán: 0.05 µg/L
  • Heptacloro: 0.03 µg/L
  • Lindano: 0.002 µg/L
  • Metoxicloro: 0.30 µg/L
  • Paraquat: 0.01 µg/L
  • Carbofurano: 0.700 µg/L

Es importante destacar que estos límites máximos permisibles se establecen para proteger la salud de la población, y se deben aplicar medidas adecuadas de tratamiento y monitoreo del agua potable para garantizar que cumpla con los estándares de calidad establecidos en la normatividad. Además, es fundamental seguir las prácticas adecuadas de manejo de plaguicidas para evitar la contaminación del agua y proteger la salud de las personas.

 

Análisis de trihalometanos para la Norma 201 de agua para consumo humano

La NOM-201-SSA1-2015 establece una serie de limites permisibles para comprobar la calidad del agua para productos, servicios, agua y hielo purificado y consumo humano en cuanto trihalometanos

Trihalometanos totales

La NOM-201-SSA1-2015 establece un límite máximo permisible de 0.1 mg/L para trihalometanos totales en agua potable. Los trihalometanos son compuestos orgánicos que se forman cuando el cloro se utiliza para desinfectar el agua y reacciona con la materia orgánica presente en ella. Los trihalometanos pueden ser cancerígenos y se han relacionado con problemas de salud en el sistema nervioso central, el sistema reproductivo y otros sistemas del cuerpo humano. Por lo tanto, es importante que se mantengan dentro de los límites establecidos por la normativa.

Nosotros no contamos con el servicio para realizar estos análisis, le sugerimos acercase a un laboratorio certificado ante la CONAGUA: Comisión Nacional del Agua (conagua.gob.mx) en su buscador de laboratorios por entidad federativa.

Si requiere cumplir la Norma 201 para purificación de agua, acérquese con nosotros con un análisis realizado de los parámetros que necesita cumplir para ayudarle.

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